Para conocimiento de la población, se encuentra en vigencia la ordenanza 273 del año 2007 que reglamenta el uso de los vehículos propios y contratados en la Municipalidad de Mariano Moreno. Al respecto hemos solicitado al ejecutivo municipal el 15 de diciembre de 2015, se nos remita mediante informe el estado de situación de los vehículos-rodados que son propiedad de la Municipalidad y aún no hemos tenido respuesta alguna.
En su artículo 1º de la ordenanza, los
vehículos municipales solo podrán ser utilizados para usos oficiales, por lo
que no podrán ser utilizados para fines particulares.
Ademas, el usuario de un vehículo
propiedad del Municipio, estará obligado a tener la licencia respectiva y darle
el adecuado uso para el trabajo que le haya sido encomendado, tratando siempre
de preservarlo para su optima conservación.
Por otro lado, la ordenanza contempla que Todos los
vehículos deberán circular con la documentación y elementos de seguridad
exigidos por la Ley Nacional de Transito y que se usaran en días y horas hábiles
debiendo permanecer por la noche, fines de Semana, feriados y licencias en
las instalaciones que el Municipio destine para tal fin. A excepción de aquellos
vehículos que por razones de operatividad puedan usarse fuera de este horario.
Bajo la exclusiva responsabilidad de la persona que lo autorice.En cuanto a la identificación de los vehículos que son propiedad del Municipio la ordenanza estipula que deberán identificarse con el escudo de Mariano Moreno en ambas puertas, con la inscripción “Municipalidad de Mariano Moreno, Uso Oficial Exclusivo”.
Y en los casos de vehículos contratados se identificaran con una oblea con la siguiente
inscripción “Vehículo al Servicio de la Municipalidad de Mariano Moreno”.